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Leyes Descargar AYA

Título Sexto — Del servicio de carrera

Capítulo V Profesionalización

Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículos 80 al 82 · 3 artículos

Artículo 80

Etapas. La profesionalización es el proceso permanente y progresivo de formación para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades de todos los servidores públicos de la Fiscalía General y consta de las siguientes etapas: inicial, actualización, promoción, especialización y alta dirección.

Artículo 81

Planes y programas. Los planes y programas de profesionalización de los servidores públicos de la Fiscalía General se integrarán por el conjunto de contenidos estructurados en unidades didácticas de enseñanza y aprendizaje; se elaborarán por el Centro de Profesionalización de conformidad con el Programa Rector de Profesionalización formulado por la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública y la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia; serán aprobados por la Comisión, y sometidos a la verificación y la validación del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional.

Artículo 82

Obligatoriedad. La profesionalización será el criterio fundamental para el otorgamiento de los ascensos, y obligatoria para todos los servidores públicos de la fiscalía General con la finalidad de que cuenten con los conocimientos, aptitudes y destrezas para desempeñar sus funciones con calidad y eficiencia, y acorde a las funciones que realicen.

Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial