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Leyes Descargar AYA

Artículo 130 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Capítulo III

El Órgano Interno de Control de la Fiscalía tendrá las siguientes obligaciones:

I. Planear, programar y efectuar auditorías, inspecciones o visitas a las diversas áreas administrativas que integran la Fiscalía y coadyuvar con la Entidad de Auditoría y Fiscalización en los casos que le indique respecto de la Fiscalía;

II. Presentar denuncias o querellas ante la autoridad competente por la presunción de actos constitutivos de delito imputables a los servidores públicos de la Fiscalía;

III. Requerir a las unidades administrativas de la Fiscalía, la información necesaria para cumplir con sus atribuciones;

IV. Intervenir en la elaboración de actas entrega – recepción en términos de la normativa, y V. Las demás que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial