Artículo 4 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit
Capítulo I
La Fiscalía General es un órgano público con autonomía técnica y de gestión,
dotada
de
personalidad
jurídica
y
de
patrimonio
propio,
por
lo
que
sus
no
podrán
ser
influidas
ni
restringidas
por
ninguna
otra
autoridad.
Será
presidida
por
un
designado
a
lo
en
la
Local. (REFORMADO, P.O. 28 DE MAYO DE 2019)
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Nayarit, con la reforma del 14 de agosto de 2024. Documento oficial