Artículo 44 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit
Capítulo I
Las relaciones jerárquicas en la Agencia de Investigación Criminal, su estructura
normativa
y
operativa,
su
organización
territorial,
suplencias
y
las
de
mando,
dirección,
disciplina
y
en
general
otros
componentes
de
su
régimen
interno,
determinados
en
las
reglamentarias
que
al
se
emitan,
las
cuales
ser
acordes
al
Modelo
previsto
en
la
Ley
del
de
la
Ley
del
de
ley
y
su
reglamento
interior. Cuando algún elemento perteneciente a una corporación policial distinta a la Agencia de
Criminal
ejerza
las
que
a
última
corresponden
a
la
ley,
en
virtud
de
la
suscripción
de
un
convenio
o
acuerdo,
tendrá
el
de
elemento
de
la
de
Criminal
únicamente
en
lo
que
corresponde
al
mando,
y
disciplina,
sin
que
ello
implique
desincorporación
de
su
de
origen.
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- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Nayarit, con la reforma del 14 de agosto de 2024. Documento oficial