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Leyes Descargar AYA

Artículo 61 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca

Capítulo IV

El Certificado para su validez, deberá otorgarse en un plazo no mayor a sesenta días naturales contados a partir de la conclusión del procedimiento de certificación, a efecto de su Registro.

El Certificado y Registro tendrán una vigencia de tres años

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Oaxaca, con la reforma del 3 de julio de 2024. Documento oficial