Artículo 28 Undecies Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro
Título Tercero — De las atribuciones de las Direcciones Capítulo Noveno Bis — Del Centro de Evaluación y Control de Confianza
Índice de la leyEl Centro, a petición de las instituciones públicas o entes privados podrá realizar evaluaciones toxicológicas y psicológicas a sus integrantes, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables y de acuerdo a la capacidad operativa del Centro. ( Adición P. O. No. 23, 18-IV-17)
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Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Querétaro. Documento oficial