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Leyes Descargar AYA

Artículo 33 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas

Capítulo IV

Los agentes investigadores que integren la Dirección General de Policía Investigadora estarán bajo el mando del Fiscal General.

La Policía de Investigación actuará bajo la conducción de la Institución del Ministerio Público y la auxiliará en la investigación de los delitos y, en su caso, en la persecución de los imputados.

Acatarán las instrucciones que se les dicten para tal efecto, cumplirán las actuaciones que les encomienden durante la investigación y deberán hacer cumplir las citaciones, presentaciones y notificaciones que se le ordenen. También ejecutarán las órdenes de aprehensión, cateos y otros mandamientos que dispongan los órganos jurisdiccionales, recepción de denuncias y cumplirán con las responsabilidades de primer respondiente, conforme a las disposiciones legales aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas, con la reforma del 30 de diciembre de 2017. Documento oficial