Artículo 1114 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo IV
La partición y adjudicación hechas en una sucesión, pueden ser contradichas en juicio seguido contra el adjudicatario por quien pretenda ser heredero, y en el que éste ejercite la acción de petición de herencia.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial