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Leyes Descargar AYA

Artículo 1151 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo VI

Desempeñarán el albaceazgo:

I. En los juicios testamentarios, la persona o personas designadas por el testador.

II. En los juicios ab intestato, la persona elegida por los herederos por mayoría de votos. Por los herederos incapaces votarán sus representantes legítimos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial