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Leyes Descargar AYA

Artículo 1265 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo IX

La obligación del saneamiento para el caso de evicción, sólo cesará en los casos siguientes:

I. Cuando se hubieren dejado al heredero bienes individualmente determinados, de los cuales es privado.

II. Cuando al hacerse la partición los coherederos renuncien expresamente al derecho de ser indemnizados.

III. Cuando la pérdida fuere ocasionada por culpa del heredero que la sufre

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial