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Leyes Descargar AYA

Artículo 1854 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo IV

Las personas que causen en común un daño, serán responsables solidariamente hacia la víctima, por la reparación a que están obligadas de acuerdo con las disposiciones de este capítulo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial