Artículo 2381 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo III
La fecha de presentación de la demanda a que se refiere la fracción I del artículo anterior y, en su caso, la anotación de la misma en el Registro Público, establecerán su preferencia frente a otros acreedores
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial