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Leyes Descargar AYA

Título Tercero — De los efectos de las obligaciones entre las partes

Capítulo I — Del cumplimiento de las obligaciones

Sección Primera Del pago

Código Civil del Estado de Coahuila

Artículos 2240 al 2274 · 35 artículos

Artículo 2270

El deudor que paga tiene derecho de exigir el documento que acredite el pago, pudiendo detener éste mientras que dicha constancia no le sea entregada.

Artículo 2271

Cuando la deuda es de pensiones que deben satisfacerse en periodos determinados, y se acredita por escrito el pago de la última, se presumen pagadas las anteriores.

Artículo 2272

Cuando se paga el capital sin hacerse reserva de réditos, se presume que éstos están pagados.

Artículo 2273

La entrega del título hecha al deudor hace presumir el pago de la deuda constante en aquél.

Artículo 2274

Ninguna de las presunciones establecidas en los tres artículos anteriores opera si hay prueba en contrario.

DE LA IMPUTACIÓN DEL PAGO.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial