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Leyes Descargar AYA

Artículo 1195 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XI

Los acreedores del usufructuario pueden:

I. Embargar los productos del usufructo; y, II. Oponerse a la cesión o renuncia de éste, cuando se haga en fraude de sus derechos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial