Artículo 1329 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo SÉPTIMO
A falta de disposición legal expresa, los legados se regirán:
l.- Por las normas de las herencias; y
II.- Por las que este Código establece para regir las relaciones entre el acreedor y el deudor, en cuanto a les derechos y obligaciones que surgen entre los legatarios y los obligados a pagar el legado
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial