Artículo 2958 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo PRIMERO
La fianza es un contrato accesorio, generalmente gratuito, que debe formalizarse por escrito y por el cual el fiador se compromete a pagar por el deudor si éste no lo hace.
La fianza puede darse también en forma de póliza por la sola declaración unilateral de la voluntad del fiador
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial