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Leyes Descargar AYA

Artículo 118 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo VI

Fecha y lugar de celebración El matrimonio se celebrará dentro de los quince días siguientes al de la presentación de la solicitud en el lugar, día y hora que señale el Oficial del Registro Civil.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial