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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — De las personas

Título Quinto — Del registro civil

Capítulo VII De las actas de divorcio administrativo

Código Civil del Estado de Tabasco

Artículos 132 al 133 · 2 artículos

Artículo 132

Solicitud El acta de divorcio administrativo se levantará en los términos previstos por el artículo 268 de este ordenamiento, previa solicitud por escrito que presenten los cónyuges y en ellas se expresará el nombre, edad, ocupación y domicilio de los solicitantes, fecha y lugar de la oficina en que celebraron su matrimonio y el número de partida del acta correspondiente.

Artículo 133

Anotación del divorcio Extendida el acta se mandará anotar en la de matrimonio de los divorciados, y la copia de la declaración administrativa de divorcio se archivará con el mismo número del acta.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial