Artículo 3048 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo I
Promesa de fianza También puede celebrarse una promesa de contrato, en la cual un tercero se obliga con el deudor a otorgar una fianza en un tiempo determinado. En este caso, el contrato definitivo de fianza se otorgará con el acreedor; y si el tercero se negare a otorgar la fianza, tienen acción directa para exigirla, tanto el acreedor como el deudor.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial