Artículo 3096 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo II
Efectos de la transacción
La transacción entre el acreedor y el deudor principal aprovecha al fiador, pero no le perjudica. La celebrada entre el fiador y el acreedor aprovecha, pero no perjudica al deudor principal.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial