Artículo 61 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo I
A cargo de quién está El Registro Civil estará a cargo de la Dirección del Registro Civil, que jerárquicamente dependerá de la Secretaría de Gobierno. El Registro Civil está constituido por una Dirección, un Archivo Central, Unidades Administrativas y las Oficialías que establezca el reglamento respectivo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial