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Leyes Descargar AYA

Artículo 46 Código Civil del Estado de Veracruz

Capítulo II

El nombre de las personas físicas se formará con sujeción a las reglas que se contienen en los artículos siguientes.

(REFORMADO, G.O. 10 DE JUNIO DE 2020)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial