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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los bienes

Título Quinto — Del usufructo, de la superficie, del uso y de la habitación

Capítulo V Del uso y de la habitación

Código Civil del Estado de Veracruz

Artículos 1082 al 1089 · 8 artículos

Artículo 1082

El uso da derecho para percibir de los frutos de una cosa ajena, los que basten a las necesidades del usuario y su familia, aunque ésta aumente.

Artículo 1083

La habitación da, a quien tiene derecho a ella, la facultad de ocupar, gratuitamente, en casa ajena, las piezas necesarias para sí y para las personas de su familia.

Artículo 1084

El usuario y el que tiene derecho de habitación en un edificio, no pueden enajenar, gravar ni arrendar en todo ni en parte sus derechos a otro, ni estos derechos pueden ser embargados por sus acreedores.

Artículo 1085

Los derechos y obligaciones del usuario y del que tiene el goce de habitación, se arreglarán por los títulos respectivos, y, en su defecto, por las disposiciones siguientes.

Artículo 1086

Las disposiciones establecidas para el usufructo son aplicables a los derechos de uso y habitación, en cuanto no se opongan a lo ordenado en el presente capítulo.

Artículo 1087

El que tiene derecho de uso sobre un ganado puede aprovecharse de las crías, leche y lana en cuanto baste para su consumo y el de su familia.

Artículo 1088

Si el usuario consume todos los frutos de los bienes, o el que tiene derecho de habitación ocupa todas las piezas de la casa, quedan obligados a todos los gastos de cultivo, reparaciones y pago de contribuciones, lo mismo que el usufructuario; pero si el primero sólo consume parte de los frutos o el segundo sólo ocupa parte de la casa, no deben contribuir en nada, siempre que el propietario le quede una parte de frutos o aprovechamientos bastantes para cubrir los gastos y cargas.

Artículo 1089

Si los frutos que quedan al propietario no alcanzan a cubrir los gastos y cargas, la parte que falte será cubierta por el usuario, o por el que tiene derecho a la habitación.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial