Artículo 206 Código Penal del Estado de Campeche
Capítulo IV
Comete el delito de fraude el que engañe a una persona, o se aproveche del error en que ésta se encuentra, para obtener ilícitamente alguna cosa o alcanzar un lucro indebido, en beneficio propio o de un tercero. Al agente se le impondrán:
I. De cincuenta a cien jornadas de trabajo a favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días de salario, cuando el monto de lo defraudado no exceda de cien veces el salario mínimo diario general aplicable en el Estado;
II. De tres meses a un año de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario, cuando exceda de cien, pero no de quinientas veces el salario mínimo;
III. De uno a tres años de prisión y multa de cuatrocientos a seiscientos días de salario, cuando exceda de quinientas, pero no de mil veces el salario mínimo;
IV. De tres a seis años de prisión y multa de seiscientos a ochocientos días de salario, cuando exceda de mil, pero no de dos mil veces el salario mínimo;
V. De cuatro a diez años de prisión y multa de ochocientos a mil doscientos días de salario cuando exceda de dos mil veces el salario mínimo;
VI. De uno a cinco años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días de salario cuando no sea posible determinar el monto o valor de lo defraudado. Cuando el fraude se cometa en contra de una persona adulta mayor o que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la capacidad para resistirlo, las penas se incrementarán en una tercera parte. Cuando el delito se cometa en contra de tres o más personas, se aumentará la sanción hasta en una mitad.
En el supuesto de la fracción I, el delito será perseguido por querella de parte. Nota: Se adicionó un párrafo segundo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, mediante decreto 94 de la L XV Legislatura, publicado en el P.O. No. 2427 Tercera Sección, de fecha 11 de junio de 2025
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial