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Libro Primero — Parte general de la aplicación de la ley penal

Título Quinto — De la aplicación de las sanciones

Capítulo VIII Condena condicional

Código Penal del Estado de Campeche

Artículo 105

Artículo 105

La condena condicional es una facultad por la cual la autoridad jurisdiccional competente, al emitir sentencia, podrá suspender la ejecución de la sanción de prisión. Tiene por objeto fundamental permitir al sentenciado incorporarse a la sociedad. La condena condicional se aplicará de conformidad con lo dispuesto en la ley en la materia.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial