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Libro Primero — Parte general de la aplicación de la ley penal

Título Sexto — De la pretensión punitiva y de la responsabilidad penal

Capítulo Único — Procedencia

Sección Décima Cumplimiento del criterio de oportunidad o la solución alterna correspondiente

Código Penal del Estado de Campeche

Artículo 130

Artículo 130

El cumplimiento del criterio de oportunidad o de la solución alterna, de conformidad con lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales, extinguen la pretensión punitiva del Estado Nota: Se reformó mediante decreto 135 de la LXI Legislatura, publicado en P.O. No. 5514 de fecha 27 de junio de 2014.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial