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Libro Segundo — Parte especial

Título Décimo Séptimo — Delitos contra el servicio público cometidos por servidores públicos

Capítulo IV Abuso de autoridad y uso ilegal de la fuerza pública

Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículos 256 al 259 · 4 artículos

Artículo 256

Se le impondrán de seis meses a seis años de prisión y de cien a quinientos días multa a quien en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas:

I. Ejerza violencia a una persona sin causa legítima, la vejare o la insultare.

II. Use ilegalmente la fuerza pública.

Artículo 257

Se impondrán prisión de uno a seis años y de cien a mil días multa, al servidor público que en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, otorgue empleo, cargo o comisión públicos, o contratos de prestación de servicios profesionales o mercantiles o de cualquier otra naturaleza, que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestará el servicio para el que se les nombró, o no cumplirá el contrato otorgado dentro de los plazos establecidos en la normatividad aplicable o en los señalados en el contrato correspondiente.

Artículo 258

Se impondrán las mismas penas del artículo anterior al que acepte un empleo, cargo o comisión públicos, remunerados, cuyo servicio no va a prestar, o acepte algún contrato de prestación de servicios profesionales, mercantiles o de cualquier otra naturaleza, remunerados, cuyas obligaciones no va a cumplir, dentro de los plazos establecidos en la normatividad laboral aplicable o en los señalados en el contrato correspondiente.

Artículo 259

Al servidor público que con cualquier pretexto obtenga de un subalterno parte del sueldo de éste, dádivas o cualquier otro provecho, se le impondrán de dos a nueve años de prisión y de cien a ochocientos días multa.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial