Libro Segundo — Parte especial
Título Décimo Séptimo — Delitos contra el servicio público cometidos por servidores públicos
Capítulo XII Concusión
Código Penal del Estado de Chihuahua
Índice de la leyArtículo 271 Cambió desde 2025 · ver qué cambió
Al servidor público que con tal carácter exija por sí o por interpósita persona a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, dinero, valores, servicios o cualquier otra cosa que sepa no es debida, o en mayor cantidad o calidad de la que señala la ley.
I. Cuando el valor de lo exigido no exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, o no sea valuable, se le impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a trescientos días multa.
II. Si el valor de lo exigido excede de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se le impondrán de dos a doce años de prisión y de trescientos a quinientos días multa.
[Artículo reformado en las fracciones I y II mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial