Libro Primero — Disposiciones generales
Capítulo VIII Confinamiento
Código Penal del Estado de Durango
Índice de la leyArtículo 56
Concepto y duración. El confinamiento consiste en la obligación de residir en determinada circunscripción territorial y no salir de ella. La autoridad judicial hará la designación de la circunscripción y fijará el término de su duración, que no excederá de cinco años conciliando las exigencias de la tranquilidad pública con las circunstancias personales del sentenciado.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial