Título Quinto — Extincion de la pretension punitiva
Capítulo I Cumplimiento de la pena o medida de seguridad
Código Penal del Estado de México
Índice de la leyArtículo 84
Las penas y medidas de seguridad se extinguen con todos sus efectos, en el momento en que se agota su cumplimiento o por las que hayan sido sustituidas o conmutadas. Asimismo, la que se hubiese suspendido se extinguirá por el cumplimiento de los requisitos establecidos al otorgarla, en los términos y dentro de los plazos legalmente aplicables.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial