Capítulo III Muerte del delincuente
Código Penal del Estado de Hidalgo
Índice de la leyArtículo 112
La muerte del delincuente extingue la acción penal y la potestad de ejecutar penas y medidas de seguridad, excepto lo relacionado con el decomiso, destrucción y pérdida de objetos, instrumentos y productos del delito y la reparación de daños y perjuicios.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial