Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Segundo

Título Décimo Quinto — Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado

Capítulo IV Motín

Código Penal del Estado de Hidalgo

Artículo 292

Artículo 292

Cometen el delito de motín los que, para hacer uso de un derecho se reúnen tumultuariamente, sin armas e intimados por la autoridad se niegan a disolverse.

El motín se sancionará con prisión hasta de seis meses y multa de 20 a 100 días.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial