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Libro Segundo

Título Décimo Sexto — Delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares vinculados con estos hechos

Capítulo III Bis Incumplimiento de un deber legal

Código Penal del Estado de Hidalgo

Artículo 301 bis

Artículo 301 bis

Comete el delito de incumplimiento de un deber legal el servidor público que sin causa justificada deje de cumplir con las funciones que le fueron conferidas, y se le impondrá de uno a seis años de prisión y multa de 20 a 100 días.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial