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Libro Segundo

Título Décimo Sexto — Delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares vinculados con estos hechos

Capítulo XI Uso ilícito de atribuciones y facultades

Código Penal del Estado de Hidalgo

Artículo 309 ter

Artículo 309 ter

Comete el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades y se impondrá de uno a ocho años de prisión y multa de 50 a 250 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a:

l. El servidor público que ilícitamente:

a) Otorgue concesiones de prestación de servicios públicos o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio del Estado;

b) Otorgue permisos, licencias, adjudicaciones o autorizaciones de contenido económico;

c) Otorgue exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos en general sobre los ingresos fiscales, o sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Estatal o Municipal;

d) Otorgue, realice o contrate obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, con recursos públicos;

e) Contrate deuda o realice colocaciones de fondos y valores con recursos públicos.

II. El servidor público que a sabiendas de la ilicitud del acto, y en perjuicio del patrimonio o del servicio público o de otra persona:

a) Niegue el otorgamiento o celebración de un contrato, existiendo todos los requisitos establecidos en la normatividad aplicable para su otorgamiento; o

b) Siendo responsable de administrar y verificar directamente el cumplimiento de los términos de una concesión, permiso, asignación o contrato, se haya abstenido de cumplir con dicha obligación.

III. El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé una aplicación distinta de aquella a que estuvieren destinados o haga un pago ilegal.

IV. El particular que en su carácter de contratista, permisionario, asignatario o titular de una concesión para la prestación de un servicio público o para el uso de bienes del dominio del Estado o de los Municipios, con la finalidad de obtener un beneficio para sí o para un tercero, oculte o genere información falsa respecto de los rendimientos o beneficios que obtenga.

Las mismas penas se impondrán a cualquier persona que a sabiendas de la ilicitud del acto y en perjuicio del patrimonio o el servicio público o de otra persona participe, solicite o promueva la perpetración de cualquiera de las conductas previstas en este artículo.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial