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Leyes Descargar AYA

Artículo 87 Código Penal del Estado de Jalisco

Capítulo V

La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas en los términos de la ley que la conceda.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial