Título Quinto — Extinción de la responsabilidad penal
Capítulo V De la Amnistía
Código Penal del Estado de Jalisco
Índice de la leyArtículo 87
La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas en los términos de la ley que la conceda.
Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial