Artículo 614-D Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Capítulo X
En el auto de admisión de pruebas se fijara día y hora para la audiencia, misma que se celebrará dentro de los treinta días siguientes, citándose para tal efecto a las partes y a las demás personas cuya asistencia sea necesaria, con las prevenciones y apercibimientos legales.
(ADICIONADO, P.O. 2 DE ABRIL DE 2012)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial