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Artículo 763 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo III

Cuando en juzgado competente haya pendiente pleito sobre lo mismo que sea objeto del que después se hubiere promovido, la parte interesada podrá solicitar que se sobresea en el pleito posterior. Esta solicitud procede, cualquiera que sea el estado del juicio, mientras no se haya citado para sentencia, y se tramitará conforme a las disposiciones que se refieren a los incidentes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial