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Leyes Descargar AYA

Artículo 1090 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo TERCERO

Resolución declaratoria de herederos y nombramiento de albacea.

En la resolución que ponga fin a la sección primera, el juzgador, declarará herederos a los que hubieren justificado su parentesco con el autor de la sucesión y, si ninguno lo hubiere justificado declarará heredera a la Asistencia Pública.

En la misma resolución se resolverá quién es el albacea, que será siempre nombrado por el juzgador de entre los herederos declarados, si ninguno hubiere obtenido mayoría de votos.

Si la Asistencia Pública fuere la heredera, su representante será nombrado albacea.

La resolución será apelable en el efecto suspensivo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial