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Leyes Descargar AYA

Artículo 107 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero

Capítulo V

Daños y perjuicios por falta de probidad. El tribunal podrá sancionar el ejercicio malicioso de la acción y la falta de probidad y lealtad de las partes, con la condena en los daños y perjuicios que ocasione con motivo del proceso, independientemente de lo que acuerde sobre las costas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial