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Leyes Descargar AYA

Artículo 382 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo III

Prohibición de renuncia a la prueba. Ni la prueba en general, ni los plazos, ni los medios de prueba permitidos por la ley son renunciables

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial