Artículo 25 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit
Capítulo II
Ningún Juez puede sostener competencia con un Tribunal Superior bajo cuya jurisdicción se halle, pero sí con otro que aunque sea superior no la ejerzan sobre él.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial