Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — Procedimientos sobre cuestiones familiares

Capítulo Segundo — Procedimientos especiales

Sección Sexta Juicio de rectificación de acta

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Artículos 750 al 753 · 4 artículos

Artículo 750

El procedimiento de rectificación de acta se tramitará en juicio especial; en él no será necesaria la etapa procesal de conciliación; debiendo acompañar a la demanda lo siguiente:

I. Copia certificada del acta del registro civil, cuya rectificación se trate, y II. Declaración bajo protesta de decir verdad que en todos sus actos públicos y privados, ha utilizado el nombre, fecha y lugar de nacimiento que se pretenda corregir; sustentándolo con documentos.

Artículo 751

En el auto que admita la demanda, se dará vista al Juez del Registro del Estado Civil que autorizó el acta cuya rectificación se pida y al Ministerio Público, y por edictos a todos los que tengan interés en contradecirla.117 Si durante el procedimiento un tercero manifiesta su oposición debidamente justificada en el juicio, el Juez suspenderá todo trámite judicial, dejando a salvo los derechos del promovente para hacerlos valer en el procedimiento que legalmente proceda. Las resoluciones judiciales que ordenen la rectificación de acta por enmienda a fin de que ajusten el nombre a la realidad social, en ningún caso producirán efectos jurídicos de filiación, ni causarán perjuicios a terceros ni al interés público o modificación del estado civil de las personas, lo que se hará constar en el acta correspondiente.

Artículo 752

El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, estará facultado para decretar las medidas necesarias tratándose de grupos étnicos o comunidades indígenas, en el proceso de rectificación de acta de nacimiento jurisdiccional.

Artículo 753

La rectificación administrativa se sujetará a las disposiciones que para tal efecto previene el artículo 936 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial