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Leyes Descargar AYA

Artículo 711 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo III

Si en la almoneda de bienes muebles no hubiere postura por las dos terceras partes del avalúo, el ejecutante podrá pedir la adjudicación, por esa porción, de los que elija y basten a cubrir el crédito

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial