Artículo 36 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz
Capítulo II
Las actuaciones judiciales y los ocursos deberán escribirse en idioma español. Los documentos redactados en idioma extranjero deberán acompañarse con la correspondiente traducción. Las fechas y cantidades se escribirán con letra.
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- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial