Artículo 41 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes
Capítulo VI
Las Unidades Auxiliares Sustantivas contarán con las áreas, oficinas, unidades organizativas, direcciones o jefaturas y con el personal que requieran para el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto por la
presente Ley, su reglamento y el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal que corresponda
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial