Artículo 12 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Baja California
Sección I
Nombramiento del Fiscal. El nombramiento de la persona titular de la Fiscalía General del Estado de Baja California, se sujetará al procedimiento y requisitos previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, su cargo tendrá una duración de seis años, y en él se promoverán los principios de transparencia, publicidad, mérito, participación ciudadana, igualdad y no discriminación.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 25 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Congreso del Estado de Baja California, con la reforma del 31 de enero de 2025. Documento oficial