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Artículo 58 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León

Capítulo X

El Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Fiscalía General emitirá los certificados correspondientes a quienes acrediten los requisitos de ingreso que establece esta Ley.

El Certificado tendrá por objeto acreditar que el servidor público es apto para ingresar o permanecer en la Fiscalía General, en la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o en la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y que cumple con los principios institucionales de acuerdo a los perfiles de puestos, así como avalar que los servidores públicos de las diversas áreas de la Fiscalía General, de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, según corresponda, actúan dentro del marco de conducta que dicta el Código de Ética de la Fiscalía General y su normatividad institucional.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Nuevo León, con la reforma del 10 de mayo de 2025. Documento oficial