Artículo 29 Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo
Capítulo V
El servicio de carrera de procuración de justicia garantizará la igualdad de oportunidades laborales, así como la estabilidad, permanencia, remuneración adecuada, capacitación y garantías de seguridad social para el servidor público, en los términos que el Reglamento en la materia establezca.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial