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Leyes Descargar AYA

Artículo 112 Código Civil del Estado de Baja California

Capítulo VIII

El acta de divorcio contendrá los nombres, apellidos, edad, domicilio y nacionalidad de los divorciados, los datos de las actas de nacimiento y matrimonio de los mismos, la parte resolutiva de la sentencia judicial o de la resolución administrativa de divorcio, en su caso, fecha de la resolución, autoridad que la dictó y fecha en que causó ejecutoria cuando se trate de sentencia judicial. Reforma.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial